¿Qué es el Literal E?
El Literal E es la exoneración del impuesto a la renta (IRAE) prevista en el artículo 66, literal E) del Título 4 para empresas de pequeña dimensión económica que facturan hasta 305.000 UI anuales ($1.959.229 en 2026). En materia de IVA, estas empresas quedan comprendidas en el régimen de IVA Mínimo.
Cómo funciona
En lugar de liquidar el IVA del 22% del régimen general, en Literal E pagás una cuota fija mensual de IVA Mínimo: $5.910 en 2026. Si además sos emisor electrónico, pagás el monto menor entre esa cuota y el 3,3% de tus ventas del mes. El detalle de la cuota, los aportes y los honorarios está en cuánto cuesta el Literal E.
Beneficios principales
- Exoneración de IRAE: No pagás el impuesto a la renta empresarial.
- Beneficio del 3,3%: Si facturás electrónicamente, pagás el monto menor entre la cuota fija y el 3,3% de tus ventas.
- Gradualidad: Descuentos del 75% el primer año y 50% el segundo año de actividad.
- Subsidio de 80 UI: Crédito mensual de DGI para tu sistema de facturación electrónica.
- Sin límite de empleados: A diferencia del Monotributo, podés crecer sin restricciones de personal.
Requisitos para acceder
- Combinación de capital y trabajo: Tu actividad debe estar estructurada como empresa. No puede ser solo prestación de servicios personales puros.
- Facturación anual de hasta 305.000 UI ($1.959.229 en 2026).
- Facturación electrónica activa con la leyenda "Contribuyente IVA MÍNIMO". Es obligatoria desde diciembre de 2024.
- No discriminar IVA en las facturas.
Cómo acceder al régimen
- Alta en la DGI: Presentar la solicitud con los documentos requeridos.
- Habilitación en BPS: Registrar al empleador, si tenés empleados.
- Facturación electrónica: Elegir un proveedor y aprovechar el beneficio de las 80 UI.
- Comunicación a clientes: Informar que facturás con Literal E.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tope de facturación para acceder al Literal E?
El tope es de 305.000 UI anuales, equivalente a $1.959.229 en 2026. Si superás ese monto, dejás de estar en Literal E y debés pasar al régimen general.
¿El Literal E tiene límite de empleados?
No. A diferencia del Monotributo, el Literal E no impone restricciones sobre la cantidad de empleados que podés tener.
¿La facturación electrónica es obligatoria en Literal E?
Sí, desde diciembre de 2024 es obligatoria. Además te habilita a pagar el monto menor entre la cuota fija mensual o el 3,3% de tus ventas netas.
¿Qué pasa si mis clientes son empresas?
En Literal E no emitís facturas con crédito fiscal de IVA. Si trabajás con empresas, lo relevante suele ser que la operación quede documentada con CFE y con cobro bancarizado para que el gasto pueda admitirse en IRAE cuando corresponda.
Nuestro Rol: Facilitadores Digitales
En Castillo.uy no somos un sistema de facturación; somos tu puente hacia la formalización eficiente. Te ayudamos a:
- Gestión ante DGI/BPS: Hacemos todo el papeleo para tu apertura o pasaje de régimen.
- Conectividad con Proveedores: Te conectamos con los mejores proveedores de facturación electrónica del mercado uruguayo, asegurando que aproveches el beneficio de las 80 UI y que el sistema se adapte a tu rubro.
- Tranquilidad Fiscal: Nos encargamos de que siempre estés al día con tus obligaciones para que vos te enfoques en crecer.
¿Te conviene el Literal E?
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